España ha recibido una carta de emplazamiento por no haber traspuesto los artículos del 9 al 11 de la Directiva 2012/27/UE sobre eficiencia energética. Estos artículos hacen referencia a la contabilización individual de calefacción, que realmente debería haberse aplicado el 1 de enero de 2017.

Este movimiento conlleva consecuencias, de momento España tiene un plazo de dos meses para contestar y alegar por qué no ha obligado a instalar contadores individuales o repartidores de costes de calefacción para medir el consumo de energía y asignar los costes conforme el gasto individualizado que se haga en cada hogar. Además no solo influye en la calefacción sino también en el agua caliente y la refrigeración.

Desde el Ministerio de Energía señalan que “está por ver si es eficiente o no, además se está negociando una nueva Directiva de eficiencia dentro del paquete de invierno que incluye cambios como que los contadores permitan la telegestión”. Es por eso que desde el Gobierno opinan que se tomará una decisión una vez que se fijen los nuevos criterios de la Directiva.

Esta nueva novedad ha levantado una serie de opiniones ya que es un tema que lleva tiempo moviéndose de mesa en mesa. La Asociación de Empresas del Sector de las Instalaciones y la Energía (AGREMIA) destaca que el requerimiento que ha enviado Bruselas puede ser el paso previo para la posible apertura de un procedimiento sancionador a España. Desde la Asociación subrayan la dejación que ha hecho el Gobierno de sus funciones, donde lo que ha conseguido es dejar sin efecto una previsión que tiene como único objetivo el ahorro energético en miles de hogares.

Por otro lado la Asociación Española de Repartidores de Costes (AERCCA) calcula que hay 180.000 viviendas en las que se ha instalado repartidores de costes de calefacción, lo que supone un 15% del total (1,2 millones de inmuebles). Además el presidente de AERCCA, Ignacio Abati, señala que se está negociando una nueva Directiva que refuerza e insiste en los aspectos normativos más importantes actualmente en vigor, sin embargo en lo que respecta a la lectura remota para repartidores de costes de calefacción asume que el 100% de los aparatos que se están instalando en España son remotos y por tanto ya cumplen la futura nueva Directiva.

Ya en su momento la Confederación Nacional de Asociaciones de Empresas de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Protección contra Incendios, Electricidad y Afines (CONAIF) advertía que, en el caso de España, la trasposición de la Directiva 2012/27/UE se había realizado de forma parcial y que la parte relativa a la instalación de contadores individuales y sistemas de imputación de costes de calefacción para medir el consumo de energía había quedado aplazada y sin fecha concreta de realización. Con esto, la obligación de instalación de dichos sistemas de medición quedaba en suspenso.

Estaremos atentos a la respuesta que de España ante esa carta de requerimiento.

Fuente: El Mundo